29 ENE 2025
Ámbito CNMC:
Promoción de la competencia
- La regulación futura facilitará el acceso igual a ciertos bienes y servicios para personas con dificultades cognitivas.
- CNMC aprecia la norma como positiva, pero sugiere mejorar la definición de obligaciones y especificar los costos asociados.
- También enfatiza la importancia de garantizar que los requisitos sean equivalentes para entidades públicas y empresas privadas.
CNMC ha analizado el proyecto de decreto real que aprobará la regulación de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva (IPN/CNMC/039/2).
Este estándar tiene como objetivo facilitar el acceso en condiciones iguales a los bienes y servicios (públicos y privados) por personas con dificultades cognitivas.
Las regulaciones cubren diferentes campos, como procedimientos administrativos, participación en procesos electorales, acceso al empleo, bienes y servicios disponibles en espacios públicos, cultura, urbanos y sectores clave, como telecomunicaciones y transporte.
Análisis de CNMC
CNMC enfatiza que estas regulaciones mejorarán la protección de los derechos de las personas con dificultades cognitivas y alentarán su participación activa en los mercados, ya sea como consumidores o como proveedores. Este enfoque puede aumentar la competencia y extender la oferta de bienes y servicios disponibles.
Sin embargo, CNMC subraya que es esencial aplicar los principios de necesidad y proporcionalidad en las obligaciones impuestas a las empresas. Además, formula las siguientes recomendaciones:
- Definir mejores obligaciones y agentes. Es necesario que la regulación aclare de manera concreta lo que ya se solicita.
- Asegurarse de su propia capital entre público y privado. Los requisitos deben ser consistentes y equivalentes para empresas públicas y privadas, respetando la neutralidad competitiva.
- Reducir la dependencia de los estándares de uno (acrónimo para una regla española). Incluya los requisitos en el texto normativo o extienda los mecanismos de credenciales.
- Estimar los costos con precisión. Calcule el impacto económico para las empresas y especifique si algunos de estos costos podrían subsidiarse.
La CNMC puede la Ley de Oficio (de conformidad con el artículo 5.1.H de la ley de creación) o solicitud de cámaras legislativas, el gobierno, departamentos ministeriales, comunidades autónomas, corporaciones locales, asociaciones profesionales, cámaras de comercio y negocios y consumidores y usuarios (en de acuerdo con el artículo 5.2).