La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un informe sobre la contratación interna realizada entre algunas sociedades pertenecientes al Grupo Aena, en cumplimiento con la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). El informe se enfoca en los contratos intragrupo para la prestación de servicios de acceso y uso de aparcamientos, salas VIP y servicios «Fast». En estos casos, la matriz Aena proporcionará servicios en los aeropuertos de la red de Aena para los empleados de sus filiales Ascairm y ADI.
Aena, una sociedad anónima controlada mayoritariamente por Enaire, se destaca por ofrecer servicios aeronáuticos y actúa como la matriz del Grupo Aena, teniendo participación en sus filiales Ascairm y ADI al 100%.
Las sociedades del Grupo Aena, al pertenecer al sector público, deben cumplir con los principios de contratación pública, como publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación. A partir de 2021, la LCSP permite que entidades del mismo grupo se adjudiquen contratos directamente, siempre y cuando no afecten las condiciones de competencia en el mercado. Para garantizar esto, es necesario enviar una solicitud de valoración a la CNMC antes de que el contrato entre en vigor.
La CNMC ha evaluado que no hay distorsiones a la competencia en los contratos entre la matriz Aena y las filiales ADI y Ascairm, ya que las actividades están debidamente delimitadas y los precios parecen estar en línea con el mercado. Además, se han eliminado cláusulas de cesión y subcontratación inicialmente previstas.
En resumen, la CNMC puede actuar de manera consultiva en casos como este, brindando asesoramiento a diversas entidades según lo establecido por la ley. Este informe no descarta futuras acciones de supervisión y sanción por parte de la CNMC en relación con estos contratos internos dentro del Grupo Aena.
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