La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado nuevas Indicaciones con el método utilizado para calcular las sanciones a las empresas que incumplen la normativa de defensa de la competencia. Estas indicaciones, que reemplazan a las provisionales de 2018, incluyen por primera vez un apartado sobre las multas a directivos, siguiendo las pautas establecidas por los tribunales.
La CNMC tiene la facultad de sancionar conductas colusorias, abusos de posición de dominio y actos de competencia desleal, prohibidos por la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La metodología para determinar las sanciones a personas jurídicas se basa en un tipo sancionador aplicado al volumen de negocios mundial de la empresa infractora, asegurando proporcionalidad y disuasión.
Las nuevas Indicaciones reflejan la práctica sancionadora de la CNMC, avalada por los tribunales, y actualizan la metodología de cálculo de multas en línea con una sentencia del Tribunal Supremo de 2015. Además, se incorporan aclaraciones y precisiones que han sido validadas por la jurisprudencia en años anteriores.
En este sentido, las orientaciones contenidas en las Indicaciones son de aplicación general, si bien se contempla la posibilidad de recurrir a métodos alternativos debidamente justificados en caso de no ser aplicables las pautas establecidas.
La Ley de Defensa de la Competencia otorga a la CNMC la competencia para imponer sanciones a quienes infrinjan dicha normativa, garantizando una aplicación uniforme y efectiva del Derecho europeo de la competencia en caso de aplicación conjunta de normas nacionales y de la Unión Europea.
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