El Tribunal Constitucional de España ha estimado dos recursos presentados por el presidente del Gobierno contra leyes forales que se consideraban contrarias a las competencias del Estado. En el primer caso, el Tribunal declaró inconstitucional un apartado de la ley foral 35/2022 de Navarra, que reformaba la ley foral 2/2018 sobre contratos públicos, por vulnerar las competencias del Estado en materia de contratación pública. La sentencia destacó que las reservas de contratación son una excepción al principio de igualdad de los licitadores y de libre concurrencia, y que la regulación de estas reservas por parte de la ley estatal de Contratos del Sector Público es vinculante para Navarra.
En el segundo caso, el Tribunal estimó parcialmente un recurso contra la ley foral 5/2024 de Navarra, que atribuía la categoría profesional de bombero a ciertos puestos de trabajo, afectando a la competencia del Estado en legislación básica de la Seguridad Social. La sentencia señaló que la inclusión de los bomberos forestales en el coeficiente reductor de la edad de jubilación es competencia exclusiva del Estado, y declaró la inconstitucionalidad de la parte de la ley que reconocía esta categoría en determinados puestos de trabajo.
En resumen, el Tribunal Constitucional ha reafirmado la competencia del Estado en materia de contratación pública y Seguridad Social, garantizando la legalidad y coherencia en la normativa aplicable en estas áreas.
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