La ampliación de la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) planteada por el Ministerio de Juventud e Infancia contempla extender el plazo de prescripción de los delitos de violencia sexual contra menores. En lugar de los 35 años que actualmente establece el Código Penal, se propone que este plazo comience a contar a partir del momento en que la víctima cumpla 45 años.
Según fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia, esta reforma de la LOPIVI se encuentra en fase de negociación en el seno del Gobierno y se espera que sea presentada en el Consejo de Ministros en las próximas semanas para iniciar su tramitación.
La ampliación de estos plazos tiene como objetivo garantizar un marco más amplio de protección, tomando en consideración las consecuencias físicas y psicológicas de estos delitos cuando la víctima es menor de edad. Se busca ampliar el plazo de prescripción de los delitos contra la libertad sexual y de trata de seres humanos en casos donde la víctima sea un menor.
La propuesta de extender la prescripción de los delitos de violencia sexual contra la infancia a los 45 años responde a una solicitud de asociaciones, especialmente aquellas que representan a víctimas de pederastia en relación con la Iglesia y otras instituciones. Se ha destacado la importancia de ser garantistas y exigentes en estos casos, considerando que muchas veces las víctimas necesitan años para poder denunciar.
La ministra ha afirmado que se está trabajando para llevar la ampliación de la LOPIVI al Consejo de Ministros, como máximo, en el mes de diciembre. Existe una determinación firme en lograr que esta ampliación sea aprobada durante esta legislatura, reconociendo la importancia de brindar una mayor protección a los menores víctimas de violencia sexual.
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