La CNMC solicita reforzar motivos de pedidos a Grupo Tragsa por competencia

17 de enero de 2025

Ámbito de aplicación de la CNMC:
Promoción de la competencia

  • Tragsa y Tragsatec son las empresas públicas más utilizadas por las administraciones para realizar encargos.
  • La CNMC defiende la utilización de principios de buena regulación y administración para minimizar los daños a la libre competencia.
  • También propone ajustes al texto para que su uso, precios y publicaciones sean transparentes y eficientes.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) analizó el proyecto de Real Decreto que desarrolla el régimen jurídico de las empresas públicas del Grupo Tragsa (Tragsa y Tragsatec). (IPN/CNMC/031/24).

Ambas entidades son dos de las empresas públicas más utilizadas por los gobiernos para cubrir necesidades de bienes o servicios mediante pedidos directos, sin recurrir a procesos de licitación abiertos a otros competidores.

Recomendaciones para pedidos

Si bien estas cesiones pueden estar justificadas por razones de interés general, como la agilidad o la flexibilidad, su uso inadecuado puede afectar a la competencia (reduciendo el mercado, fortaleciendo la posición de los operadores) y reducir la eficiencia en la gestión de los fondos públicos.

Por tanto, a la hora de formular las órdenes es necesario reforzar la obligación de motivación de los poderes públicos, quienes deben evaluar el impacto de sus actuaciones y elegir la forma de prestación más beneficiosa desde la perspectiva del interés general.

La CNMC recordó que las órdenes, además de cumplir estrictamente con los requisitos legales, deben adaptarse a los principios de buena regulación y administración.

Se insta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, impulsor de este Real Decreto, a liderar la aplicación de estas recomendaciones, si bien son extensibles a todas las administraciones públicas.

Respecto al texto normativo objeto del informe, se proponen las siguientes medidas:

  • Evite el uso sistemático de tareas. en casos de emergencia o fracaso de las ofertas. En su lugar, explore alternativas como nuevos procesos de contratación con ajustes de diseño o procesamiento acelerado.
  • Respetar la literalidad del derecho contractual sobre los fines y funciones incluidas en el objeto social del Grupo Tragsa y sobre tareas relacionadas con situaciones de emergencia
  • Ajustar los precios a los valores del mercado. La retribución de los encargos debe evitar cualquier ventaja económica que pueda considerarse ayuda pública.
  • Mayor transparencia. Publique rápidamente el procesamiento de pedidos y documentos relacionados, como informes de respaldo.
  • Limitar la contratación con terceros. Los encargos sólo deberán subcontratarse en casos excepcionales, debidamente justificados y publicados.

La CNMC puede actuar de oficio (de conformidad con el artículo 5.1.h de la Ley de Creación) o a instancia de las Cámaras Legislativas, del Gobierno, departamentos ministeriales, Comunidades Autónomas, Corporaciones locales, Colegios Profesionales, Cámaras. de las organizaciones comerciales y empresariales y de los consumidores y usuarios (de conformidad con el artículo 5.2 del mismo).

FUENTE

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