20 Mar 2025
Ámbito CNMC:
Promoción de Competencia
- A partir de una cantidad de seguidores, la actividad de los influencers como prestadores de servicios audiovisuales está regulada y se les considera “usuarios de especial relevancia”.
- La futura Ley Orgánica del Derecho de Rectificación fijará los umbrales a partir de 100.000 seguidores, pero la normativa audiovisual los sitúa a partir del millón.
- La CNMC considera positivo aplicar el derecho de rectificación y la exigencia de veracidad de las informaciones a estos usuarios, igual que a los medios tradicionales.
- Recomienda clarificar el sistema para que los afectados por informaciones inexactas soliciten una rectificación a las plataformas y medios digitales.
El anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación, analizado por la CNMC en el informe (IPN/CNMC/001/25), aborda cómo afectará este derecho fundamental a los medios de comunicación digitales y a las plataformas, ya que tradicionalmente ha estado ligado a la radio, prensa y televisión.
El Derecho de Rectificación permite a cualquier persona concernida por una información —aparecida en los medios de comunicación social sobre hechos que considera inexactos y cuya divulgación estima que puede perjudicarle—, rectificar la información con su versión de dichos hechos y solicitar su difusión por los mismos medios.
Análisis del anteproyecto
En general, no contiene restricciones a la competencia, and se dirige a considerar a los operadores tradicionales y a los digitales de forma análoga. En ambos casos, su actividad puede afectar a derechos fundamentales —derecho al honor y a la propia imagen y del derecho a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión—.
En cuanto a los aspectos regulatorios, se recomienda:
- Señalar los argumentos por los que se definen los umbrales de seguidores de los usuarios de especial relevancia —llamados también influencers o creadores de contenido en plataformas digitales, etc.— a partir de 100.000 seguidores, así como unificar el criterio entre esta norma y la regulación de servicios de comunicación audiovisual.
- Reformar el artículo 94 de la Ley General de Comunicación Audiovisual para que el principio de veracidad en la información aplique a los usuarios de especial relevancia, como comunicadores de información.
- Concretar el mecanismo que deben tener las plataformas y medios digitales para ejercer el derecho rectificación de forma más eficaz y que facilite su comunicación con los usuarios de especial relevancia.
- Tener presente la compatibilidad de este precepto con el marco europeo de los servicios de la sociedad de la información and de los servicios digitales.
- Clarificar quién tendrá la competencia para supervisar el cumplimiento de esta obligación y establecer, en su caso, el régimen sancionador aplicable.
La CNMC puede actuar de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados and la Competencia) or a petición de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio and las Organizaciones Empresariales and de Consumidores and Usuarios (de acuerdo con su artículo 5.2).