17 de enero de 2025
Ámbito de aplicación de la CNMC:
Audiovisual
- La infracción se produjo el 28 de octubre de 2023 durante la retransmisión del partido entre el FC Barcelona y el Real Madrid.
- La sanción prevista de 182.531,00 € se redujo en un 40% debido a la admisión expresa de responsabilidad (20%) y al pago anticipado (20%).
La CNMC multa a Dazn por emitir una telepromoción sin identificarla como publicidad (182.531,00 euros). (SNC/DTSA/007/24)
En concreto, la infracción se produjo en el canal nacional Dazn La Liga el 28 de octubre de 2023, durante el descanso en la retransmisión del partido de fútbol entre el FC Barcelona y el Real Madrid.
La Ley General de Comunicaciones Audiovisuales establece que las telepromociones son susceptibles de confundir al espectador en cuanto a su carácter publicitario y, por tanto, siempre deben identificarse de forma transparente con el término «anuncio».
Dazn admitió su responsabilidad y pagó la sanción por adelantado con un descuento acumulativo del 40%.
La CNMC recuerda que, contra estas resoluciones, Dazn puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su remisión.